Nuevo Reglamento de Productos de Construcción UE 305/2011
La aparición del Reglamento Europeo de Productos de Construcción nº 305/2011, ha anulado y sustituido a la Directiva de Productos de Construcción el día 1 de julio de 2013, suponiendo una serie de cambios en los diferentes aspectos y tareas a realizar para los fabricantes de productos de construcción para la colocación del marcado CE en sus productos, en particular en la documentación a elaborar y, en su caso, entregar a los receptores de dichos productos.
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN DE PRESTACIONES
- El número de la Declaración de Prestaciones.
- El producto tipo (código de indentificación única/tipo, lote o nº de serie que permita su identificación).
- Nombre o marca registrada y dirección de contacto del fabricante (y en su caso del representante autorizado).
- El Sistema de evaluación (1+, 1, 2+, 3 ó 4).
- Nombre y número del O.N. / tarea realizada / por el sistema / fecha de emisión.
- El número de la norma armonizada.
- El uso o usos previstos del producto con arreglo a la especificación técnica armonizada.
- La lista de las características esenciales de acuerdo con la especificación técnica armonizada y el uso previsto declarado.
- Las prestaciones para dichas características (al menos una) por niveles o clases o una descripción.
- Para las características que no se declare prestación poner «NPD».
- La información sobre sustancias peligrosas (artículos 30 y 31 del Reglamento REACH).
- La firma, lugar y fecha de emisión, por y en nombre del fabricante.
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