Inicio / Alimentación / Declaración de alérgenos en alimentos servidos por el sector de la Restauración

Declaración de alérgenos en alimentos servidos por el sector de la Restauración

El Reglamento UE  1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor estableció la OBLIGATORIEDAD de declarar la presencia de cualquiera de los alérgenos que figuran en el Anexo II del citado Reglamento:

  • En productos envasados: deben destacarse los alérgenos en la lista de ingredientes mediante distinta tipografía de texto. Si no hay lista de ingredientes, se incluirá «contiene..:»
  • En todos los productos servidos por la restauración al consumidor final debe facilitarse al consumidor la información sobre los alérgenos potenciales.

Cada vez son más las personas con algún tipo de intolerancia ante alérgenos presentes en muchos de los alimentos, es por ello que el Sector de Restauración de nuestro país se verá obligado, antes de que finalice este año 2014, a informar a sus clientes de las sustancias alérgenas que puedan contener sus platos.

Esta información también se verá ampliada a todos aquellos establecimientos que vendan alimentos a granel envasados por ellos mismos, alimentos que entre otros pueden comprender desde la carne, el pescado, el pan o los frutos secos.

Este desafío legislativo abarcará desde el más pequeño bar hasta un restaurante con estrella Michelin y será efectivo cuando España, antes de que finalice el año, trasponga parte del Reglamento Comunitario 1169/2011 relativo a la información alimentaria facilitada al consumidor.

Lo que se busca por parte de la Unión Europea es que cualquier consumidor tenga las mismas oportunidades a la hora de comprar o degustar un alimento o plato, sin que tenga que estar envasado para consumirlo con seguridad, y que no sea simplemente el etiquetado aquello que proporcione información o se convierta en una limitación a la hora de adquirir un producto, para así conseguir que en todos los alimentos, la información alimentaria obligatoria esté disponible y sea fácilmente accesible.

La lista de sustancias con posibles alérgenos que proporcionan desde Bruselas es amplia, entre ellos los cereales con gluten, frutos de cáscara, el apio, la mostaza, sésamo, dióxido de azufre, altramuces y moluscos, estos y muchos más forman parte de los principales ingredientes incluidos entre aquellos que se deberán especificar según el Reglamento 1169/2011.

Desde la AECOSAN ya están trabajando en ello para que pronto se ponga en marcha, y así poder ofrecer mayores garantías al consumidor con alergia alimentaria.